miércoles, 8 de mayo de 2013

Frio en la Oficina y la Oficina Publica Saludable

El aire acondicionado en la oficina

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aire acondicionado oficina.pg El aire acondicionado en la oficina
¿Cuántas veces te has muerto de frio en la oficina mientras el compañero que tenías enfrente sudaba la gota gorda y se quejaba por no aguantar más el calor? Es el pan nuestro de cada día en las oficinas Publicas.
El clima influye en gran medida en nuestro bienestar, si hace demasiado frío o demasiado calor, si hay demasiada corriente de aire o si el ambiente es demasiado seco. Si la humedad relativa del aire es baja las consecuencias pueden ser escozor de ojos, mucosas resecas, piel irritada y más tendencia a sufrir costipados. La cuestión se complica todavía más si en una misma sala trabajan personas acostumbradas a diferentes temperaturas.
El neumólogo Sergio Alcolea, cree que “es difícil establecer una temperatura ideal” porque no siempre es homogénea en toda la oficina, “aunque si hubiese que decir alguna sería entre 24 y 25 grados“. Lo importante para la salud es que “el shock térmico no sea muy brusco“, por eso recomienda que utilicemos prendas para adecuarnos a la temperatura del trabajo. “Vamos igual vestidos para 35-40 grados que para 24 o menos y eso es lo que nos provoca el debilitamiento de nuestras defensas”. E insiste, que subir de 25 tampoco sería demasiado positivo “porque eso ya es calor y afectaría al rendimiento del empleado“.
 
Esta temperatura también es la avalada por la “Guía práctica de la energía” del Instituto para la Diversificacion y Ahorro de la Energía (IDAE), que recomienda conectar el aire a unos 25 grados. El organismo dependiente del Ministerio de Industria habla de que por cada grado que se disminuye aumenta el gasto eléctrico entre un 7 y un 8%. O lo que es lo mismo, un edificio que aumenta su temperatura en un grado centigrado ahorra diariamente 16 Wh/m2.
En el año 2007 el Gobierno optó por fijar la temperatura de sus ministerios en 24 grados para ahorrar energía.
Además hay una ley encargada de regular las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, el Real Decreto 485/1997. Aunque insiste en que “la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores“, la horquilla es mucho más abierta. Así, en los trabajos sedentarios la temperatura “estará comprendida entre 17 y 27ºC”, y en los locales donde se realicen trabajos ligeros entre “14 y 25ºC.
 

Además hay que considerar las siguientes circusntancias:
  • Hay que tener en cuenta que no sólo las personas sino también las máquinas influyen en las condiciones ambientales. Este impacto debe ser reducido en la mayor medida posible.
  • La humedad del aire debe encontrarse entre el 40 (a veces 50) y 65 por ciento y debe ser controlada. La calefacción es uno de los factores que más influyen en este valor.
  • Las corrientes de aire (ocasionadas p.ej. por ventanas y puertas abiertas o por el aire acondicionado) no debería exceder los 0,1 a 0,15 m/s. Hay que evitar las corrientes de aire dirigidas a partes del cuerpo concretas.
  • El aire acondicionado se debe poder regular de forma individual. Hay que asegurar que las instalaciones se revisen periódicamente.
  • Debe ser posible abrir las ventanas y asimismo deben estar provistas de algún dispositivo para evitar el deslumbramiento. La luz solar puede calentar de forma extrema la temperatura ambiental. Los dispositivos exteriores ofrecen la mejor protección contra el sol.
  • Las plantas pueden mejorar el ambiente y son recomendables en cualquier caso. Aumentan la humedad relativa y filtran substancias nocivas del aire.
Fuente: http://lgblog.es/el-aire-acondicionado-en-la-oficina/

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